POLÍTICA DE GESTIÓN DE DCP MC 3.7 ISSF

ALBACORA, S.A.

POLÍTICA DE GESTIÓN DE DCPs

(Medida de Conservación 3.7 de ISSF)

ALBACORA, como compañía responsable en el ámbito medioambiental, hace público por medio de la presente que, a partir del 1 de abril de 2024 ([1]), aplicará las siguientes mejores prácticas para la gestión de DCPs, identificadas en el Informe Técnico ISSF 2019-11, «Mejores Prácticas Recomendadas para el manejo de DCPs en pesquerías de cerco de atún tropical«:

a) Cumplir con los requisitos de presentación de informes del Estado del pabellón y de las ORGANIZACIONES REGIONALES DE ORDENACIÓN PESQUERA para las estadísticas de pesca por tipo de lance.

Nos comprometemos a:

  • Cumplimentar fielmente los diarios de a bordo, incluida la información de los diarios de DCPs, por tipo de lance requerido por el Estado de abanderamiento y presentarlos mediante notificación electrónica a la autoridad requerida y/u OROP correspondiente.
  • Mantener, como ha sido el caso desde 2015, una cobertura de observadores del 100%, incluso si no es requerida por la OROP, en todas las mareas de pesca mediante el uso de una combinación de observadores humanos y el seguimiento electrónico voluntario (EM). En el caso de los EM, se seguirán las normas mínimas de mejores prácticas elaboradas por la ISSF o las desarrolladas en su caso por la OROP correspondiente.
  • Recopilar datos sobre el número de DCPs activos y la actividad de los DCPs (plantado, visitas, lances y pérdida) tal y como sea requerido por la OROP, y remitirlos a la autoridad correspondiente y la OROP.

b) Notificar voluntariamente datos adicionales de boyas de los DCP para su uso por los organismos científicos de las OROPs.

Nos comprometemos a:    

  • Proporcionar datos de biomasa acústica de boyas DCP a la institución científica AZTI con un desfase máximo de 90 días, y solicitar que estos datos se pongan a disposición de la OROP pertinente con fines científicos. Los datos presentados deberán incluir el nombre del buque y el número OMI (en caso de estar disponible).

c) Apoyar límites basados en la ciencia sobre el número total de DCPs utilizados por buque y/o lances efectuados sobre DCPs.

Nos comprometemos a:

  • Respetar el límite del número activo de DCPs adoptado por las OROPs.
  • Desplegar solo DCPs con boyas de seguimiento satelital.
  • Gestionar la activación y desactivación de boyas teniendo en cuenta las medidas de las OROPs correspondientes.
  • Respetar los periodos de veda (incluidas las vedas de DCPs) establecidas por la OROP correspondiente.

d) Utilizar solo DCPs no enmallantes para reducir la pesca fantasma.

Nos comprometemos a:

  • Plantar o replantar exclusivamente DCPs que sean no enmallantes (es decir, sin ninguna red), incluso cuando no sea un requisito de la OROP, de acuerdo con la Guía ISSF para DCPs no enmallantes ([2]).
  • No desplegar ningún FAD de «alto riesgo de enmalle» de acuerdo con la Guía ISSF para DCPs no enmallantes (es decir, aquellos que utilizan grandes redes abiertas en la parrilla o en la parte inferior de los DCPs:  >2,5 pulgadas o malla de 7 cm).
  • Retirar del agua y modificar el diseño de los DCPs de «alto riesgo de enmalle» según la Guía ISSF para DCPs no enmallantes que son reutilizados por la flota, para hacerlos menos o no enmallantes según la clasificación ISSF ([3]).

e) Mitigar otros impactos ambientales debidos a la pérdida de DCPs, incluso mediante el uso de DCPs biodegradables y políticas de recuperación de DCPs.

Nos comprometemos a:

  • Estudiar la viabilidad de utilizar DCPs únicamente con material biodegradable en su construcción, excepto la estructura de flotación de la parrilla.
  • Participar en ensayos de materiales biodegradables de origen local en colaboración con AZTI, ISSF o cualquier otra institución científica.
  • Estudiar la viabilidad de desplegar DCPs más simples y pequeños.
  • Participar en ensayos de diseños y pruebas de DCPs biodegradables con la participación de organismos científicos de OROPs y / o sus Estados miembro o científicos de ISSF.
  • Avalar los programas de investigación de riesgos y viabilidad destinados a determinar las áreas de despliegue que tienen una alta probabilidad de resultar en varamiento, en países donde se pueden poner en marcha políticas de recuperación de DCPs.
  • Participar en esfuerzos de cooperación, como el “FAD-Watch” en las Seychelles, para eliminar los DCPs varados, en caso de que la flota opere en el área (s) designada (s).
  • Reemplazar gradualmente los componentes de los DCPs con materiales biodegradables tan pronto como se demuestre su eficacia.
  • No desechar ningún componente de DCPs en la mar, a menos que se demuestre que es biodegradable: en el caso de que se reutilice un DCP y/o se sustituya cualquier componente, el material sobrante deberá reutilizarse o eliminarse en el puerto.
  • Cuando resulte practicable, retirar de la mar y devolver a puerto todos los DCPs localizados que contengan elementos no-biodegradables (por ejemplo, contenedores de plástico).
  • Siempre que sea posible, se utilizarán los buques auxiliares para recuperar los DCPs que puedan estar en riesgo de hundirse o quedar varados.
  • Promover el uso de material de base bio para fabricar DCPs.
  • Promover una definición de los materiales BIODEGRADABLES aplicables al medio marino.

f) Para los tiburones sedosos (el principal problema de captura incidental en los lances de DCPs), aplicar nuevos esfuerzos de mitigación.

Nos comprometemos a:

  • Aplicar las mejores prácticas para el manejo seguro y la liberación de tiburones y rayas embarcados.
  • Participar o apoyar estudios para evaluar la contribución de la pesca de cerco con jareta a las capturas de tiburones sedosos y el impacto de la aplicación de las buenas prácticas en la supervivencia posterior a la liberación.
  • Participar en proyectos destinados a desarrollar y probar nuevas herramientas para liberar tiburones y mobúlidos en atuneros cerqueros, que maximicen su supervivencia y sean prácticas de uso a bordo.

Esta política fue adoptada el 27 de marzo de 2024.


[1] La CM 3.7 original entró en vigor el 30 de junio de 2021.

[2] Entrará en vigor a partir del 1 de abril del año 2025

[3] Entrará en vigor a partir del 1 de abril del año 2025

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies